ESTUDIANTE PROTEGIDO

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¿Qué es ESTUDIANTE PROTEGIDO?

Estudiante protegido es un beneficio adicional pensado para clientes y potenciales clientes que cuenten con el servicio exequial de Assis Prev y piensen en el bienestar de sus hijos durante su época escolar.

¿Qué cubre mi ESTUDIANTE PROTEGIDO?

El beneficio ESTUDIANTE PROTEGIDO cubre lo siguiente:

  • Reposición en caso de robo de mochila
  • Reposición en caso de robo de libros escolares.
  • Aló profesor.
  • Accidentes personales estudiantes.
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Description

Estudiante Protegido:

 

Detalle de Beneficios Cobertura
Reposición en caso de robo de mochila 1 evento al año Hasta 50 USD.
Reposición en caso de robo de libros escolares 1 evento al año Hasta 40 USD.
Aló Profesor 6 eventos al año 45 minutos por evento.
Accidentes personales estudiantes Gastos médicos por accidente 200 USD por evento. Renta Diaria por Hospitalización por accidente de 30 USD Diarios. Muerte accidental por 2000 USD.

 

Reposición en caso de robo de mochila.

El afiliado tendrá acceso a un bono en caso de robo comprobable a causa de robo de la mochila escolar siempre y cuando se presente la denuncia de manera escrita ante fiscalía y estar afiliado por lo menos treinta días anteriores al suceso.

Esta cobertura cuenta con un monto límite de cincuenta $50 usd y (1) evento al año y carencia de 30 días.

Reposición en caso de robo de libros escolares

El afiliado tendrá acceso a un bono en caso de robo comprobable de sus libros escolares siempre y cuando se presente la denuncia de manera escrita ante fiscalía y estar afiliado por lo menos treinta días anteriores al suceso.

Esta cobertura cuenta con un monto límite de cuarenta $40 usd y (1) evento al año y carencia de 30 días

Aló Profesor

A solicitud del afiliado se coordinará el servicio de aló profesor en forma virtual el cual ofrece un servicio de asistencia académica completo y accesibilidad horaria, los 7 días de la semana. Un equipo de expertos altamente calificados que cubre una amplia gama de materias estará disponible para ayudar en cualquier área de estudio.

Los estudiantes pueden elegir entre varias modalidades de asistencia, incluyendo llamadas telefónicas, chats en línea y videoconferencias por el tiempo contratado. La empresa se compromete a proporcionar explicaciones claras y resolver problemas de manera efectiva, manteniendo altos estándares de confidencialidad y seguridad en todas las interacciones.

Seguimiento continuo y apoyo integral para ayudar a los estudiantes a alcanzar el éxito académico a largo plazo.

Esta cobertura cuenta con hasta 6 eventos anuales de 45 minutos y carencia de 30 días.

Accidentes Personales Estudiantes

Renta Diaria Por Hospitalización Por Accidente

Se pagará al beneficiario el valor de 30 USD. estipulado en las condiciones particulares como renta diaria por hospitalización.

El monto de los gastos cubiertos por este Anexo será hasta la Suma Asegurada Contratada conforme lo siguiente:

  • Beneficio Básico Diario por Hospitalización: Es la indemnización pagadera con respecto a cada período no menor de dos días, que incluya una noche de hospitalización del beneficiario inscrito, estando éste en condición de Paciente Interno, a consecuencia de una Lesión por accidente.
  • Doble Indemnización por Internación en Sala de Cuidados Intensivos: Si el beneficiario debe ser internado en Sala de Cuidados Intensivos por ser estrictamente necesario para el cuidado médico, diagnóstico o tratamiento de la Lesión por accidente cubierta, el Beneficio Básico Diario por Hospitalización definido en el aparte a) de estas definiciones, será por el doble, por cada período no menor de veinticuatro (24) horas, que incluya una noche de internación en dicha Sala de Cuidados Intensivos.
  • Cobertura por cuidados intensivos: será el monto que resulte de sumar el Beneficio Básico Diario por Hospitalización y/o Doble Indemnización por Internación en Sala de Cuidados Intensivos hasta un máximo de 45 días.

Para hacer uso de esta cobertura, será requisito indispensable que la hospitalización sea prescrita por un médico legalmente autorizado para ejercer la medicina y deberá llevarse a cabo en un establecimiento hospitalario autorizado para suministrar los servicios generales de medicina.

Gastos Médicos Por Accidente

Los gastos de asistencia médica deben ser producto de atenciones prestadas dentro del plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días siguientes a la fecha del accidente, siempre que el contrato se encuentre activo, y a consecuencia de las lesiones sufridas en el accidente.

Los gastos cubiertos por accidente se pagarán por un período máximo de trescientos sesenta y cinco (365) días contratados a partir de la fecha del accidente, y se pagará el valor de hasta $200.

Los gastos que resulte de aparatos de prótesis dental o de cualquier otra clase de tratamientos de ortodoncia necesarias a causa de accidente, serán cubiertos por la Compañía hasta un límite de 15% de la suma máxima contratada en esta cobertura. Adicionalmente, se cubrirá hasta un 5% de la suma asegurada de esta cobertura por gastos de servicio de ambulancia o traslado de así requerirlos.

Muerte Accidental

Se pagará al padre o tutor, de acuerdo con las condiciones generales de esta cobertura, el valor de $2000 indicado en las condiciones particulares, siempre que el fallecimiento del estudiante sea a consecuencia directa e inmediata de un accidente ocurrido durante la vigencia del contrato o en los próximos ciento ochenta (180) días a la ocurrencia de la fecha del accidente y no esté excluido conforme a las estipulaciones del mismo.

Consideraciones Del Producto

  • Debe cancelar la cuota estipulada por “ASSIS PREV” S.A.
  • Los beneficios de Reposición en caso de robo de mochila, ayuda económica en caso de robo de libros escolares y Aló profesor, se cubrirán a partir de los 30 días de afiliación.
  • Límite de edad del estudiante, mínimo 3 años, 11 meses, 30 días, edad máxima 17 años, 11 meses, 30 días. Edad límite de permanencia 18 años, 11 meses, 30 días.

Exclusiones

  •  Los servicios serán prestados en las ciudades definidas en “ámbito territorial”, siempre y cuando la zona no este enmarcada como territorio de conflicto interno (zonas rojas) o zonas de tolerancia o zonas de difícil acceso vehicular, peatonal y de tránsito libre.
  •  Los servicios que el titular haya concertado por su cuenta sin el previo consentimiento y autorización dada por la compañía.
  •  Se exceptúan aquellos lugares en donde exista inconveniente o riesgo de seguridad de los recursos por cualquier fuerza al margen de la ley, guerrilla, autodefensas o cualquier otro.
  •  Los que tuviesen origen o fueran una consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, sublevación, rebelión, sedición, actos mal intencionados de terceros, motín, huelga, desorden popular, terrorismo y otros.
  •  Hechos que alteren la seguridad interior del estado o el orden público.
  •  Hechos o actuaciones de las fuerzas armadas o de cuerpos de seguridad.
  •  Los derivados de la energía nuclear radiactiva.
  •  Daños preexistentes al inicio de contrato.
  •  Eventos catastróficos de la naturaleza tales como inundaciones, terremoto, maremoto, granizo, vientos fuertes, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, etc.
  •  Expropiación, requisa o daños producidos en los bienes del titular por orden del gobierno, de derecho o de facto, o de cualquier autoridad instituida.
  •  Si se presenta una reclamación fraudulenta o engañosa; o apoyada en pruebas falsas.
  •  En caso de que el costo del uso de los servicios exceda el monto establecido, el excedente será cubierto por el afiliado.

 

Additional information

Beneficiario

Solo Titular, Solo Cónyuge, Titular + Cónyuge

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